Alerta 117-2017

Comité por la Libre Expresión (C-Libre).- La estudiante de la carrera de periodismo de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) y vocera del Movimiento Amplio Universitario (MAU),

Nancy García denunció que desconocidos, ingresaron a su vivienda de forma violenta la noche del 14 de noviembre.

“Dos hombres y una mujer vestidos de civil y sin ningún tipo de identificación irrumpieron aproximadamente a las 7:50 de la noche en la vivienda”, denunció a través de su cuenta en Facebook, el Colectivo Josefa Lastiri organización a la que también pertenece García.

La joven forma parte de los estudiantes expulsados de la UNAH, quienes actualmente enfrentan procesos penales por haber participar en protestas estudiantiles durante los últimos meses .

De acuerdo con el pronunciamiento del Colectivo, “García abrió la puerta y una mujer que vestía una camisas gris, chamarra negra y pantalón jean le apuntaba con un arma y le dijo que abriera la puerta, aseguraron ser policías. Los otros dos hombres vestían camisa gris y camisa cuadriculada color rojo, todos portaban armas”.

Los desconocidos argumentaron haber llegado a la casa de García  por una supuesta llamada al 911, por lo que permanecieron en el lugar  por al menos 15 minutos, mientras revisaban las gavetas y hacían un recorrido por las habitaciones de la casa.

Los supuestos policías, además pidieron y fotografiaron la tarjeta de identidad a García, mientras afuera de la vivienda les esperaba otro hombre con pasamontaña “que también portaba arma y estaba al lado de un carro Hilux, doble cabina, color gris en el que llegaron los agresores”.

En la Resolución AG/RES. 2908 (XLVII-O/17), aprobada por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos en el marco de su cuadragésimo séptimo período ordinario de sesiones, los Estados miembros de la Organización reafirmaron que «la actividad periodística debe ejercerse libre de amenazas, agresiones físicas o psicológicas u otros actos de hostigamiento», e instaron a implementar medidas integrales de prevención, protección y procuración de justicia en esta materia.

El principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH, aprobada en el año 2000, establece que «[e]l asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada».

“La Comisión reitera que las actividades de promoción y protección de los derechos humanos no deben ser criminalizadas y los Estados no deben impedir a los defensores de derechos humanos disfrutar de sus derechos humanos o justificar su estigmatización”, según una Resolución Aprobada por el Consejo de Derechos Humanos en la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU).

Comité por la Libre Expresión