Alerta 070-2017

Comité por la Libre Expresión (C-Libre).La Organización Fraternal Negra de Honduras (OFRANEH), denunció la amenaza de cierre, de la “Radio Comunitaria Garífuna Waruguma (Estrella)” por parte de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel).

Un comunicado emitido por la organización, indica que recibieron una resolución   firmada el Presidente de Conatel Javier Duarte García, en la que se declara al medio de comunicación como “rebelde”, y se le impone una multa de 30 mil lempiras a la organización.

Según el documento entregado por el Estado, se trata de un procedimiento iniciado el “01 de junio del año 2011”, en el que se intentó también desde esa comisión cerrar el medio de comunicación utilizando La Ley Marco del Sector Telecomunicaciones. Según Ofraneh esta es la segunda ocasión en que la Radio Waruguma es objeto de resoluciones con el propósito de clausurarla.

Ofraneh aseguró en el comunicado, que “las permanentes amenazas, son motivadas por la defensa acérrima del territorio ancestral, el que viene siendo cercenado de forma acelerada especialmente a partir del golpe del año 2009”.

La organización manifestó, que la persecución jurídica por parte de Conatel es una violación a la Convención Interamericana de Derechos Humanos, que en su artículo 13 inciso número tres, indica que “No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones”.

Otros instrumentos jurídicos internacionales como la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de Pueblos Indígenas, en el artículo 8.2.el cual establece que “Los Estados establecerán mecanismos eficaces para la prevención y el resarcimiento de toda forma de asimilación o integración forzada”, la que según Ofraneh, viene ocurriendo a “través de los medios de comunicación de masas, en los cuales nuestro idioma no tiene cabidas”.

El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en su artículo 30.2 2. reza que “a tal fin, deberá recurrirse, si fuere necesario, a traducciones escritas y a la utilización de los medios de comunicación de masas en las lenguas de dichos pueblos”, situación que el Estado de Honduras nunca ha realizado.

La organización defensora del pueblo Garífuna, además denunció que “el verdadero delito cometido por la Radio Waruguma y restantes Radios Garífuna, es el de la defensa del territorio ancestral, especialmente en la bahía de Trujillo, conocida en la actualidad como Little Canadá ( La pequeña Canadá) ante la compra ilegal de tierras que vienen efectuando extranjero, los que prácticamente se han apoderado de la Bahía de Trujillo, donde a partir del régimen de Porfirio Lobo Sosa han planificado la instauración de una de las Ciudades Modelo, conocidas como ZEDE (Zonas de Empleo de Desarrollo Económico), la cual en pocas palabras, es la condena de expulsión del pueblo Garífuna de Honduras”.

La radio está ubicada en el municipio de Trujillo departamento de Colón, en una comunidad donde la población es mayoritariamente Garífuna. 

Por otra parte,   Radio Sugua, otra radio comunitaria ubicada en la comunidad de Sambo Creek en el municipio de la Ceiba, también fue objeto de amenazas de cierre por parte de CONATEL en el 2014.

De acuerdo con Ofraneh, la “Red de Radios Comunitarias Garífunas viene cumpliendo la función de medios informativos además de lograr el fortalecimiento cultural, ante la inexistencia de medios de comunicación en nuestro idioma. La asimetría cultural y económica que padecemos los garífunas en Honduras, es atenuada en cierta medida con la existencia de las radios comunitarias, las que surgieron en 1997, cuando logró trasmitir la Radio Falumu Bimetu, en Triunfo de la Cruz; siendo esta la primera radio comunitaria que se estableció en Honduras”.

La Declaración de Principios de Libertad de Expresión, en su numeral uno establece que “la libertad de expresión, en todas sus formas y manifestaciones, es un derecho  fundamental e inalienable, inherente a todas las personas. Es, además, un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática”.

El numeral dos establece que “toda persona tiene el derecho a buscar, recibir y difundir información y opiniones libremente en los términos que estipula el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Todas las personas deben contar con igualdad de oportunidades para recibir, buscar e impartir información por cualquier medio de comunicación sin discriminación, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, sexo, idioma, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social”.

Comité por la Libre Expresión