Alerta No. 097-2019
Comité por la Libre Expresión (C-Libre).- La estrategia creada para silenciar consignas, pancartas y otras expresiones de rechazo al actual e ilegal gobierno, es reglamentar la organización y desarrollo de los desfiles patrios a nivel nacional este 15 de septiembre.
La Secretaría de Educación publicó esas disposiciones bajo Acuerdo Ministerial No. 0754-SE-2019, que fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta el pasado 16 de agosto. El mismo contiene 33 artículos, en los que destacan una serie de prohibiciones y sanciones para quienes “profieran insultos contra la imagen y honor de las autoridades de los tres poderes del Estado, autoridades departamentales y municipales”.
Cabe señalar que, desde el golpe de Estado, específicamente en septiembre de 2009, sectores del movimiento social y popular hondureño, realizan una acción paralela a los denominados “desfiles oficiales” que promueven las autoridades estatales.
Dicho reglamento estipula en su artículo 23, una serie de faltas “Muy Graves” tales como:
- Portar pancartas, vestuario, leyendas, accesorios y otras manifestaciones que exhiban contenidos políticos o partidistas ajenos a la temática del desfile patrio.
- Proferir insultos contra la imagen y el honor de las autoridades representativas de los tres poderes del Estados…
- Ejecutar música con fines políticos partidistas
Dichas acciones represivas, tiene un mensaje dirigido hacia maestros y estudiantes que muestren su descontento hacia la figura gubernamental, especialmente contra Juan Orlando Hernández, proclamado presidente por el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
C-Libre consultó al ex presidente del Colegio de Profesores de Educación Media de Honduras (COPEMH), Sergio Rivera, sobre el contenido de este Reglamento. El docente expresó que es una medida que amedrenta, porque, tanto el sector magisterial como estudiantil, pertenecen a un movimiento que viene exigiendo respeto a la Educación y Salud.
“Los maestros son voceros de un descontento general hacia la dictadura, el reglamento va orientado a meter temor, a marchar obligado bajo penas de castigo, es una medida nunca antes vista”, expuso Rivera.
El Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que refiere Libertad de Pensamiento y de Expresión, en el numeral cita que: No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.