Alerta No. 092-2018
Comité Por la Libre Expresión (C-Libre).- La Secretaría de Recursos naturales, Ambiente y Minas (MI AMBIENTE), emitió el pasado 08 de agosto, el Acuerdo Ministerial 1402-2018 declara como “Información Reservada” lo relativo a estudios técnicos contenidas en solicitudes de licencias ambientales, así como otros trámites presentados ante dicha Secretaría de Estado.
El Acuerdo demás habla de reservar aquella información referente a la ubicación de quienes presentan dichas licencias ambientales para sus respectivos proyectos “garantizando la protección de la información técnica entregada por los particulares”.
Dicho acuerdo violenta lo que estipula el articulo 18, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP), que la petición por medio de la instancia de mayor jerarquía de la institución, este emite el respectivo acuerdo de clasificación y remite una copia al IAIP.
Este último considera que dicha clasificación no se encuentra en ninguno de los seis supuestos enumerados, lo hará del conocimiento del superior respectivo. Si, contrariando esta opinión, se emite el acuerdo, será nulo de pleno derecho.
La creación de este acuerdo, ocurre en un contexto donde la ciudadanía en los departamentos de Atlántida, Colón, Santa Bárbara y Choluteca, realizan acciones ciudadanas en defensa de los bienes comunes de la naturaleza, ante la amenaza de instalación de proyectos extractivos, promovidos desde el sector privado.
Por lo anterior, 12 organizaciones defensoras de los derechos humanos y del medio ambiente, así como defensores y defensoras a título individual, exigieron la derogación del Acuerdo 1402-2018 y a su vez, demandaron la creación de un portal de información en el que estén contenidas las evaluaciones de impacto ambiental, informes técnicos y legales, resoluciones ministeriales y licencias ambientales otorgadas.
C-libre, interpuso el 11 de septiembre del presente año, una solicitud para conocer el Oficio enviado por MI AMBIENTE al Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), así como el dictamen de este, sobre el acuerdo ministerial 1402-2018 que declara Información reservada lo referente a proyectos extractivos, pero a la fecha (25 de septiembre) aún no se ha dado respuesta a la solicitud.
El Principio 10 de la Declaración de Río, sobre Medio Ambiente y Desarrollo, promulgada en 1992, habla que toda persona, en el plano nacional, debe tener “acceso adecuado a la información sobre medio ambiente”, esto incluye información sobre materiales y actividades que encierran peligro en sus comunidades.
De acuerdo con la Relatoría Especial de Libertad de Expresión, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (RELE-CIDH), en su informe “El derecho de acceso a la información en el marco jurídico del sistema interamericano”, menciona que todas las autoridades públicas “de todas las ramas del poder y órganos autónomos” están sujetos a la obligación de garantizar el derecho a la información. Vinculando también a quienes cumplen funciones públicas, presten servicios públicos o ejecuten, en nombre del Estado, recursos públicos.