Alerta 049-2017
Comité por la Libre Expresión (C-Libre). La madrugada del jueves 25 de mayo 2017, policías y militares ingresaron a la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) y sin ninguna orden judicial desalojaron de manera violenta a 20 estudiantes universitarios que horas previas habían iniciado una toma del edificio administrativo de la máxima casa de estudio.
Los estudiantes fueron reprimidos inicialmente, por guardias de una empresa de seguridad contratada por autoridades universitarias, quienes rociaron con gas pimienta a los estudiantes universitarios.
Según denuncias recibidas por el Comité, los guardias privados se taparon sus rostros con capuchas improvisadas, se quitaron las camisas para evitar ser identificados y empezaron a perseguir a los estudiantes, como si fuesen autoridad legalmente constituida.
En los juicios incoados contra los estudiantes universitarios el principal testigo de las autoridades de la UNAH es el encargado de la seguridad el militar retirado Roger Aguilar Flores.
Tras el desalojo y captura, los estudiantes fueron trasladados a la Estación Policial Core 7, donde se encuentran a la espera del proceso de judicialización.
Entre los detenidos se encuentran 16 hombres y cuatro mujeres, quienes realizaron la acción como medida de presión, para exigir la libertad de tres estudiantes Moisés Cáceres, Cesario Padilla y Sergio Ulloa, quienes se encuentran judicializados y serán sometidos a Juicio Oral y Público el próximo el 26 de mayo.
La Convención Americana de Derechos Humanos en su artículo 15 “se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de tal derecho sólo puede estar sujeto a las restricciones previstas por la ley, que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad o del orden públicos, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos o libertades de los demás”.
Al respecto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ha manifestado que la jurisprudencia interamericana ha explicado que la libertad de expresión es una herramienta clave para el ejercicio de los demás derechos fundamentales.
Sobre el ejercicio del derecho a la libertad de expresión ha establecido que, “en efecto, se trata de un mecanismo esencial para el ejercicio del derecho a la participación, a la libertad religiosa, a la educación, a la identidad étnica o cultural y, por supuesto, a la igualdad no sólo entendida como el derecho a la no discriminación, sino como el derecho al goce de ciertos derechos sociales básicos. Por el importante rol instrumental que cumple, este derecho se ubica en el centro del sistema de protección de los derechos humanos de las Américas. En términos de la CIDH, “la carencia de libertad de expresión es una causa que ‘contribuye al irrespeto de los otros derechos humanos”
Los militares y policías ingresaron a las instalaciones universitarias, a pesar que la autonomía universitaria les prohíbe el ingreso al campus universitario y sin orden de ningún juez que autorizara la intervención.
Comité por la Libre Expresión.