Alerta 097 -2017

Comité por la Libre Expresión (C-Libre).-  Las autoridades universitarias encabezadas por la rectora Julieta Castellanos, amenazaron con profundizar la criminalización

de los estudiantes universitarios si persisten las protestas en la Ciudad Universitaria.

Mediante un comunicado emitido el día nueve de septiembre, las autoridades de  Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), amenazaron que “en caso de registrarse acciones que impidan el desarrollo normal de las actividades docentes en algunos edificios las autoridades, harán uso de su potestad de llamar a los órganos jurisdiccionales competentes para resolver  cualquier situación”.

En otro comunicado enviado a los medios el hoy lunes 11 de septiembre, se dio a conocer una lista de 24 estudiantes criminalizados, a los que se amenaza con revisar las medidas sustitutivas de prisión de las que son beneficiarios.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), estableció en su informe anual del año 2005 que “el derecho a la manifestación pacífica, si bien es un derecho humano contenido en las libertades de reunión y de expresión, merece ser tratado de manera especial debido a que representa un modo de acción cívica para la exigencia y la defensa de derechos, altamente sensible a reacciones de gobierno y a políticas de Estado incompatibles con los derechos humanos”.

La UNAH, cumple más de 86 días paralizada por  protestas estudiantiles que exigen la salida de las autoridades, a quienes acusan de quererse quedar de forma interina en sus puestos.

Con los últimos 22 estudiantes acusados en los juzgados penales del país el pasado viernes 08 de septiembre ya suman a 73 los educandos criminalizados por protestar de manera pacífica en la Universidad.

Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre en su artículo XXI establece que, Toda persona tiene el derecho de reunirse pacíficamente con otras, en manifestación pública o en asamblea transitoria, en relación con sus intereses comunes de cualquier índole.

Por su parte la Convención Americana de Derechos Humanos en su artículo XV, reconoce “el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de tal derecho sólo puede estar sujeto a las restricciones previstas por la ley, que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad o del orden públicos, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos o libertades de los demás”.

Comité por la Libre Expresión