Tegucigalpa, 13 de febrero 2020.- Tras resolver de forma parcial un Recurso presentado hace cuatro años contra la Ley de Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con Defensa y Seguridad, el Comité por la Libre Expresión (C-Libre), presentó este jueves un recurso de nulidad a dicha sentencia por carecer de una debida fundamentación.
El pasado lunes, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), declaró “nulidad parcial” a un recurso presentado el 10 de febrero de 2016, por diferentes organizaciones de derechos humanos, entre ellas el Comité por la Libre Expresión (C-Libre), contra la “Ley de Secretos”.
Para el equipo legal de C-Libre, en los 61 considerandos presentados en la resolución, solamente cinco de ellos fundamentan de forma muy escueta la sentencia, para no declarar la inconstitucionalidad total de la Ley de Secretos.
Por un lado, reconocen el derecho de Acceso a la Información pública, pero en su resolución final afecta este derecho y el principio de máxima divulgación, destaca el recurso presentado.
“Esta sentencia no hace un desarrollo total de la ley, solo justifica su resolución en cuatro elementos y no en la totalidad del recurso presentado”, expresó el abogado, Mario Rojas, del Área de Acceso a la Justicia de C-Libre.
El 24 de julio de 2019, C-Libre interpuso otro recurso de inconstitucionalidad “por forma” contra la referida “Ley de Secretos”, por considerar que el Poder Legislativo cometió un “fraude legislativo” ya que no solicitó un dictamen del Poder Judicial y fue discutido en un sólo debate sin acreditar urgencia calificada.
Cabe destacar, que el 03 de agosto de 2016, la Alianza Regional por la Libertad de Expresión, coalición de organizaciones a nivel latinoamericano, presentó un Amicus Curiae (Amigo de la Corte) ante dicha Sala por transgredir los estándares interamericanos sobre Acceso a la Información Pública.
Esta actividad, es apoyada por Abogados Sin Fronteras Canadá (ASFC).
En el año 2015, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), expresó que esta ley “impone severas restricciones al derecho de acceso a la información pública, incompatibles con las obligaciones internacionales del Estado en esta materia y que deben ser derogadas”.