Alerta No. 113-2020

Comité por la Libre Expresión (C-Libre).- Una resolución de la Corte de Apelaciones penal, en el departamento de Francisco Morazán, coloca en riesgo la vida e integridad del periodista César Omar Silva, luego que declarar parcialmente con lugar un recurso presentado por el abogado de Abelardo Mendoza, quien agredió al periodista mientras realizaba su programa televisivo, en febrero de 2018.

La resolución con número 691-19, con fecha 22 de noviembre de 2019, a la que tuvo acceso C-Libre, resuelve declarar Ha Lugar Parcialmente un recurso de apelación que presentó el abogado del acusado y textualmente establece: “reformar el auto de formal procesamiento por homicidio en su grado de tentativa a amenazas”.

Esta decisión de la Corte de Apelación tiene impacto en el delito por el cual es imputado el señor Mendoza, el cual es Homicidio en su grado de ejecución de tentativa y que el Juzgado de Letras Penal resolvió en enero de 2019, un auto de formal procesamiento, con medidas contrarias a la prisión preventiva.

Dicha acusación se remonta al 13 de febrero de 2018, cuando el periodista César Omar Silva presentaba su programa “Caminando con Silva” transmitido por el canal UNE TV frente al portón de acceso del Hospital Mario Mendoza de la capital hondureña. En plena transmisión, el agresor se acerca al comunicador y con un yatagán en dos ocasiones intentó herirlo.

Sobre el tema, el abogado Mario Rojas, expresó que la resolución del fallo deja en indefensión a los y las periodistas que ejercen su labor en la vía pública y que pueden ser víctimas de un atentado y que la justicia no haga el papel que le corresponde.

Rojas, quien además es coordinador del Área Legal de C-Libre, condenó el hecho que fueran notificados de una resolución emitida a finales del año pasado hasta este lunes 07 de septiembre.

“Esta corte que criminaliza defensores tanto de Guapinol [en referencia a la defensa del río del mismo nombre, en el departamento de Colón] que no les ha dado oportunidad de defenderse en libertad, los defensores de derechos humanos criminalizados por proteger los derechos de los estudiantes y ellos mismos [estudiantes] que han sido víctimas de procesos penales, preocupa su accionar porque no hay resoluciones a favor del pueblo”, expresó Rojas.

Asimismo, el periodista reaccionó a través de su programa televisivo rechazando la resolución de la Corte de Apelaciones.

Silva expresó que la persona que lo agredió el 18 de febrero de 2018 “me pudo haber matado y la gente solo me recordaría por ese hecho, hace dos años, nada ha funcionado con la justicia en este país”.

La Declaración Conjunta sobre Delitos contra la Libertad de Expresión, firmada el 25 de junio de 2012, las personas expertas en el tema de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), de Naciones Unidas, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP), establecen que el derecho penal debería tener una categoría especifica de delitos contra la libertad de expresión.

Mientras que la resolución número 29 de la Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), emitida en noviembre de 1997, insta a los Estados para que garanticen en sus leyes procesar y sancionar “quien instigue el asesinato de personas por el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión”.