Alerta 074-2022

Choloma, Cortés (C-Libre): – En el próximo mes de noviembre, la multinacional, Hanes Brands Inc., dejará en la calle a más de 1,700 obreros, de la fábrica textil, Jasper Honduras S.A., argumentando una rebaja de personal, provocada por la situación económica mundial. Con esta decisión, HanesBrands, no solo provoca desempleos masivos, sino también la destrucción del sindicato de trabajadores de la empresa Jasper (SITRAJASPER).

“Se nos está notificando un cierre, lo han hecho de una manera arbitraria porque estamos en una negociación del segundo contrato colectivo donde ya habíamos negociado el reglamento de base. Aun así, nos han notificado un cierre, es lamentable porque somos alrededor de 1,700 personas que nos quedamos sin empleo”, dijo Selvin Peña, tesorero de SITRAJASPER.  

Aseguro, que, a menos de dos kilómetros, de distancia, HanesBrands, mantiene operando otra planta textilera, confeccionando los mismos productos, estilos y marcas, donde están contratando operarios. Indicó, que, ante tal situación, no se justifica el cierre de la planta de Jasper, empresa que por muchos años se ha mantenido operando en la Zona Libre, Honduras, de Choloma Cortés. 

Urge al gobierno, una intervención, a fin de garantizar la libre sindicalización y la contratación colectiva.

Por su parte, el secretario general del SITRAJASPER, Joel García, lamentó la falta de comunicación de la compañía con la organización sindical. “No hubo una previa reunión con nosotros entre sindicato y empresa para darnos una comunicación con anticipación y llegar algunos acuerdos y ajustes que hay que hacer en cuanto a los derechos de los trabajadores”, detalló.

HanesBrand, hizo el anuncio del cierre de operaciones a través de un comunicado en este expresa que, debido a la situación económica mundial, la empresa ha tomado la medida de reducir personal y que todos los trabajadores recibirán el pago de sus derechos laborales.

Por tal razón, la Red de Sindicatos de la Maquila de Hondureña (RSMH), emitió, el pasado 17 de octubre, un comunicado para denunciar despidos masivos que violentan el derecho de libertad sindical y la contratación colectiva, establecida en las leyes laborales del país.

 El comunicado dice, que mediante los despidos masivos las empresas pretenden disminuir los beneficios y condiciones, que, a través de los contratos colectivos, lograron las organizaciones sindicales. Para la RSMH se utilizan estrategias para liquidar la organización sindical. 

Asimismo, le hace un llamado al gobierno de la presidenta, Xiomara Castro, para que realice una intervención inmediata para garantizar los derechos laborales. En comunicado insta, iniciar un proceso de dialogo bi y tripartito, buscando una política de estabilidad laboral, generación de empleos dignos y protección a la salud de las y los trabajadores.

El Artículo 128 de la Constitución de la República, otorga el derecho de asociarse libremente, a trabajadores como a patronos, organizando sindicatos o asociaciones profesionales.  Y de igual manera, obliga al Estado a tutelar los contratos individuales y colectivos, celebrados entre patronos y trabajadores.

En la misma dirección, el Artículo 468, del Código del Trabajo, recoge la tutela del derecho laboral y define el sindicato, como toda asociación permanente de trabajadores, de patronos o de personas de profesión u oficio independiente, constituida exclusivamente para el estudio, mejoramiento y protección de sus respectivos intereses económicos y sociales comunes.

“Queda prohibido a toda persona atentar contra el derecho de asociación sindical”, dice literalmente, el artículo 469 del Código del Trabajo.

El artículo 20 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce a las personas el derecho a la libertad de reunión y de asociación, mientras que el 23, de ese mismo instrumento jurídico, les da la potestad de fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

De igual manera, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), establece en su capítulo de Contratación y Condiciones de Empleo, artículo 20, que los gobiernos deberán hacer cuanto esté en su poder por evitar cualquier discriminación en lo relativo al derecho de asociación, derecho a dedicarse libremente a todas las actividades sindicales para fines lícitos, y derecho a concluir convenios colectivos con empleadores o con organizaciones de empleadores.

La doctora en derecho, Gema García Martínez, refiere en su artículo, Derecho a la libertad de expresión y difusión sindical de información en la empresa, que la libertad de expresión y de transmisión de información, forma parte del contenido esencial de la libertad sindical y que la resistencia empresarial a la difusión sindical de información solo puede basarse en razones productivas o financieras.

COMUNICADO RED MAQUILA

 

COMUNICADO DE PRENSA HANES BRANDS INC.