Alerta No. 078-2020
Comité por la Libre Expresión (C-Libre).- Entre acciones diversas, oposición de sectores sociales y le negativa a una socialización incluyente, entró en vigencia el nuevo Código Penal desde las 12 de la noche del jueves 25 de junio.
La vigencia de la normativa penal, la anunció el Congreso Nacional, a través de los diputados oficialistas (por el Partido Nacional) Mario Pérez, Tomás Zambrano y Mauricio Oliva y en un comunicado de la Junta Directiva de este Poder del Estado.
Sin embargo, en una sesión extraordinaria (amparada en la Constitución de la república), más de 60 diputados y diputados de partidos de oposición, resolvieron abrogar dicho texto jurídico, de acuerdo a las diferentes demandas de organizaciones sociales, de sociedad civil y defensoras de derechos humanos en Honduras.
Para el caso, la Coalición contra la Impunidad, reconoció esta decisión de los parlamentarios y parlamentarias como una decisión democrática y constitucional. “las decisiones que se tomen formarán parte del sistema legal de Honduras”, amplió la Coalición, conformada por más de 50 organizaciones sociales del país.
La reacción desde la junta Directiva del Poder Legislativo, criminalizar a los diputados y diputadas que sesionaron conforme a lo que dicta la Constitución hondureña, luego de interponer un requerimiento fiscal, acusándoles por los delitos de: usurpación de funciones, abuso de autoridad, violación de los deberes de los funcionarios públicos y delitos contra la forma de gobierno.
El presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, en declaraciones que reprodujo el diario digital Hondudiario, reafirmó la vigencia del nuevo Código Penal y calificó la sesión de 70 congresistas como “manifestaciones mediáticas de alto contenido político”.
C-Libre recuerda que el nuevo Código Penal, criminaliza la libertad de expresión al mantener penas de prisión por delitos contra el honor, sumado a nuevos delitos, así como la penalización del derecho a la protesta social.
Entre los delitos que tipifica el nuevo Código Penal relativos a los delitos contra el honor están el Artículo 229 (Injuria); 230 (Calumnia); 231 (Injurias y calumnias sobre una institución sujeta a la supervisión e inspección de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros -CNBS-) y 232 (Publicidad y las injurias y calumnias).
En las últimas horas, la coordinadora para centro y Suramérica del Comité para la Protección de Periodistas (CPJ), Natalie Southwick, dijo que “Nos decepciona que Honduras haya desperdiciado la oportunidad de sumarse al creciente consenso regional en el sentido de que las sanciones civiles proporcionan una reparación adecuada en las causas por injuria y calumnia, y de poner fin a la criminalización del periodismo”.
Tanto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), en julio de 2019, manifestaron su preocupación por la publicación del Código, al contener “restricciones desproporcionadas a la libertad de expresión, la libertad de prensa, así como determinadas disposiciones que por su formulación pueden afectar el derecho a la protesta y a defender derechos humanos”.