Alerta No. 008-2021
Comité por la Libre Expresión (C-Libre).- Fuerzas policiales y militares reprimieron violentamente una protesta ciudadana, la mañana de este lunes 08 de febrero frente a la estación policial del municipio de La Esperanza, departamento de Intibucá.
El objetivo de la protesta, era la exigencia de justicia para Keyla Martínez, profesional de la Enfermería que fue detenida en la noche del sábado anterior y encontrada muerta en la celda, con información confusa por parte de la Policía asignada a la Unidad Departamental No. 10.
Medios de comunicación locales informaron sobre el uso excesivo del gas lacrimógeno para atacar a la ciudadanía en protesta, acción que tuvo repercusiones en los negocios cercanos a donde ocurrió la represión.
Manifestantes, en declaraciones al canal televisivo UNE TV, denunciaron que la policía lanzó balas de goma en su contra.
En tanto, la diputada por el departamento de Intibucá, Olivia Marcela Zuniga, denunció agresiones policiales en su contra tales como golpes con tolete y lanzamiento directo de gas lacrimógeno.
“Nos encontrábamos con un grupo de mujeres, hombres y el comando de fuerzas especiales me golpearon por la espalda, me tiraron gas lacrimógeno y agredieron a mucha gente con salvajismo”, declaró la congresista a UNE TV.
Durante la transmisión televisiva, la población también indicó la detención por parte de los policías de una decena de manifestantes, sin embargo, no existe dato preciso sobre este hecho.
Las acciones de protesta continuaron en horas de la noche, de acuerdo con transmisión de medios locales, quienes informaron sobre actos de represión policial.
La declaración de principios sobre libertad de expresión, en su inciso uno, establece que: “La libertad de expresión, en todas sus formas y manifestaciones, es un derecho fundamental e inalienable, inherente a todas las personas. Es, además, un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática”.
Mientras que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en su informe anual de 2005, habla sobre el derecho a la protesta como el “intercambio de ideas y reivindicaciones sociales como forma de expresión, supone el ejercicio de derechos conexos, tales como el derecho de los ciudadanos a reunirse y manifestar, y el derecho al libre flujo de opiniones e información”.