ALERTA 108-2025
San Marcos, Ocotepeque (C-Libre).- El periodista Gustavo Armando Ramírez, reportero de TV San Marcos, relató que mientras cumplía con su labor informativa en distintos centros de votación, fue objeto de actos de intimidación por parte de elementos del Ejército, pese a estar debidamente identificado y acreditado como periodista.
De acuerdo con su testimonio, al llegar a uno de los centros de votación asignados para su cobertura, dos militares se le acercaron y le solicitaron información sobre a quién representaba, a pesar de que el comunicador portaba de forma visible chaleco, carné y demás acreditaciones oficiales que lo identificaban claramente como trabajador de prensa y entendió que esta solicitud, sin justificación válida, marcó el inicio de un ambiente hostil e intimidatorio.
Los elementos castrenses le advirtieron que debía “tener cuidado” y le indicaron que no podía ingresar a las aulas, una restricción que, en los términos descritos, no se ajusta a la normativa electoral vigente, ya que no está prohibido tomar imágenes en dichos espacios, siempre y cuando no se interfiera con el ejercicio del voto ni se vulneren las garantías del sufragio secreto; esta prohibición arbitraria se configura como un bloqueo informativo, al limitar el acceso del periodista a espacios de interés público durante la jornada electoral.
Gustavo Armando Ramírez explicó que respondió de manera profesional, indicando que únicamente tomaría algunas imágenes generales y realizaría breves entrevistas antes de continuar su recorrido, ya que debía cubrir varios puntos adicionales, sin embargo, durante el desarrollo de su trabajo, los militares parecían observar de forma constante y seguir cada uno de sus movimientos, generando un clima de presión innecesaria.
El periodista confirmó que un militar permaneció cerca de él durante toda su estancia en el centro de votación, en una actitud de vigilancia permanente, pese a que no estaba realizando ninguna actividad prohibida o inapropiada. Su labor se limitó, en todo momento, al ejercicio legítimo del periodismo: documentar el desarrollo del proceso electoral e informar a la ciudadanía.
Ante esta situación, el reportero optó por evitar confrontaciones, mantuvo una actitud profesional y dialogó brevemente con algunas candidaturas presentes en el lugar, para luego retirarse. Subrayó que en ningún momento ingresó a áreas restringidas ni tomó imágenes dentro de las aulas, ya que esta acción le fue expresamente prohibida por los militares, respetando así las limitaciones impuestas, aun cuando estas no estaban claramente fundamentadas.
En el marco de las elecciones generales celebradas en Honduras el 30 de noviembre de 2025, el Comité por la Libre Expresión (C-Libre) puso en marcha, por cuarta vez, consecutiva un “Observatorio Electoral” y se documentó este nuevo caso de intimidación y obstrucción informativa contra un periodista que realizaba cobertura electoral, hechos que reflejan los riesgos persistentes que enfrenta la prensa durante procesos democráticos en el país.
De ahí que, según registros de C-Libre este caso no es aislado, puesto que se ha documentado de manera reiterada que, durante procesos electorales anteriores, periodistas han enfrentado intimidaciones, restricciones arbitrarias y vigilancia indebida por parte de fuerzas de seguridad, lo que configura un patrón de uso indebido de la autoridad que afecta la libertad de expresión y el derecho a la información.
Desde el punto de vista legal, estos hechos contravienen el marco normativo nacional e internacional, para el caso La Constitución de la República de Honduras, en sus artículos 72 y 73, garantiza la libertad de emitir el pensamiento por cualquier medio y prohíbe la censura previa y las restricciones indirectas, de ahí que La vigilancia intimidatoria y las prohibiciones infundadas durante la cobertura electoral constituyen formas de censura indirecta.
En el ámbito internacional, el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos protege el derecho a buscar, recibir y difundir información, y prohíbe expresamente las restricciones indirectas al ejercicio de este derecho; asimismo, la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH establece que la utilización del poder del Estado para intimidar o presionar a periodistas es incompatible con una sociedad democrática.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que los Estados tienen una obligación especial de proteger a periodistas en contextos de alta sensibilidad política, como los procesos electorales, y de garantizar que las fuerzas armadas y de seguridad actúen con pleno respeto a la libertad de prensa.
Recomendaciones y exigencias al Estado hondureño
Ante los hechos documentados, el Comité por la Libre Expresión formula las siguientes recomendaciones y exigencias:
Al Estado de Honduras:
Garantizar el pleno ejercicio de la libertad de expresión y de prensa durante los procesos electorales, adoptando medidas efectivas para prevenir actos de intimidación y obstrucción informativa contra periodistas y medios de comunicación.
A las Fuerzas Armadas y cuerpos de seguridad:
Abstenerse de realizar acciones de vigilancia, intimidación o restricciones arbitrarias contra periodistas debidamente acreditados, y actuar conforme a los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos.
Al Consejo Nacional Electoral (CNE):
Emitir directrices claras y públicas que garanticen el acceso de la prensa a los centros de votación y espacios de interés público, evitando interpretaciones discrecionales que limiten la cobertura informativa.
A las autoridades competentes:
Investigar de manera diligente los hechos denunciados, determinar responsabilidades y adoptar medidas correctivas que impidan la repetición de este tipo de prácticas.
A la comunidad internacional y organismos de derechos humanos:
Mantener la observación y el seguimiento de la situación de la libertad de prensa en Honduras, especialmente durante procesos electorales.
C-Libre reitera que el periodismo no constituye una amenaza al orden público, sino un pilar fundamental de la democracia, por lo tanto la intimidación, aun cuando no sea violenta, erosiona la libertad de prensa y debilita el derecho de la ciudadanía a estar informada, afectando la legitimidad y transparencia de los procesos electorales.



