Choluteca, Honduras (C-Libre).- Bajo los cargos de usurpación y aunque el caso permanece en fase de instrucción desde el 2019 y además que no cuenta con una sentencia condenatoria firme, 84 familias campesinas de la comunidad El Tulito en el departamento de Choluteca fueron desalojadas de sus tierras de cultivo.

Según información que trascendió desde el mismo lugar de los hechos, la ejecución del desalojo reportó la presencia de un importante contingente de agentes, incluidos elementos antimotines, para ejecutar la medida contra las familias asentadas en la comunidad quienes además utilizaban la tierra para desarrollar actividades agrícolas destinadas al sostenimiento de sus hogares.

Una fuente que estuvo presente en el lugar confirmó que el número de personas afectadas son aproximadamente 516 y señaló que las familias se dedicaban al cultivo de valeriana, actividad que constituía una fuente de ingresos y sustento para sus hogares.

Una comunicación oficial de la Red de Abogadas Defensoras de Derechos Humanos, desde 2019 el Ministerio Público investiga a las personas involucradas por el supuesto delito de usurpación del predio denominado El Tulito, en perjuicio de La Compañía Cañera del Sur y Empresa Agrícola Los Destellos S.A. de C.V. Y señalan que en el 2025 el propio Juzgado había condicionado cualquier desalojo a la actualización de la identificación de las personas ocupantes mediante inspección ocular y álbum fotográfico.

Trasciende que el Ministerio Público, en coordinación con la Dirección Policial de Investigaciones, intentó realizar dicha diligencia en tres ocasiones —mayo de 2025, junio de 2025 y julio de 2026— sin lograr individualizar a las personas ocupantes del asentamiento, aún así el Juzgado dictó el 31 de julio de 2026 el auto que ordenó el desalojo.

Uno de los aspectos centrales denunciados por la defensa de las familias afectadas, es la ausencia de una notificación efectiva y verificable antes de la ejecución del desalojo de ahí que el desalojo se ejecutó el 6 de agosto 2026 sin constancia de que la comunidad hubiera sido válidamente notificada.

Es de hace notar que la Red de Abogadas interpuso un Recurso de Amparo con Medida Cautelar Urgentísima, solicitando la suspensión inmediata del desalojo sin embargo, la medida fue ejecutada pese a la presentación del recurso elementos que deberán ser contrastados con el expediente judicial correspondiente para determinar las circunstancias exactas de la notificación, la presentación del recurso de amparo y las decisiones adoptadas por las autoridades judiciales.

Diversos sectores organizados son de la opinión que el desalojo, en el sector de El Tulito, obedece a la aplicación del Decreto No. 107-2026, Ley para el Fortalecimiento y Protección del Sector Agroindustrial, Proyectos de Energía, Turismo, Ganadería, Pequeños Productores Agrícolas de Honduras.

Cabe señalar que antes de la aprobación de esta normativa, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) había advertido sobre posibles impactos negativos para los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de comunidades campesinas, pueblos indígenas, garífunas y negros de habla inglesa y también expresó su preocupación por la acción del desalojo de sus tierras contra varias familias en el sector de El Tulito, en Choluteca.

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Asi mismo este organismo internacional también habría advertido sobre el riesgo de profundización de la criminalización de conflictos sociales y reivindicaciones relacionadas con la tierra y el territorio. Más de 30 organizaciones de sociedad civil también expresaron públicamente su rechazo a la iniciativa y cuestionaron su constitucionalidad y posibles efectos discriminatorios.

Para el Comité por la Libre Expresión, resulta particularmente relevante documentar este caso debido a la existencia de denuncias sobre posibles afectaciones al debido proceso, a la defensa y a la protección judicial, así como por el contexto de conflictividad agraria en el que se produce el desalojo y solicita:

    A las autoridades hondureñas, garantizar la integridad física y la seguridad de las 84 familias desalojadas de la comunidad de El Tulito.

    Al Poder Judicial, garantizar el debido proceso y esclarecer las circunstancias en que fue ejecutada la orden de desalojo, particularmente las denuncias relacionadas con la notificación a las partes y la presentación del recurso de amparo.

    A las autoridades competentes, evaluar de manera urgente el impacto social y económico provocado por la pérdida de las tierras utilizadas por las familias para su vivienda y sustento.

    Garantizar especial protección a las niñas, niños y mujeres afectados por el desalojo.

    Al Ministerio Público y a las instituciones nacionales de derechos humanos, dar seguimiento a las denuncias relacionadas con el conflicto territorial y las posibles afectaciones a las personas defensoras.

    Garantizar que periodistas, comunicadores, organizaciones de derechos humanos y personas defensoras puedan documentar y difundir información sobre el conflicto de El Tulito sin intimidaciones, amenazas o restricciones.

    A las autoridades judiciales, garantizar que los recursos y mecanismos de protección interpuestos por las familias y sus representantes sean resueltos de manera efectiva y oportuna.

    Finalmente C-Libre sugiere a las instituciones nacionales e internacionales de derechos humanos, mantener seguimiento sobre la situación de las familias afectadas y sobre los efectos que pueda producir la aplicación del Decreto 107-2026 en comunidades campesinas en conflicto por la tierra.