Alerta 113-2017
 
Comité por la Libre Expresión (C-Libre). A su regreso de una incapacidad por convalecencia medica en consecuencia de atentado criminal, el camarógrafo René Alberto Ortega fue despedido de la Corporación Televicentro (TVC), conformada por Canal 5, TSi Telesistema Informativo, Telecadena y Mega Show Business TV.
 
Ortega fue víctima de un atentado criminal en el que resultó herido de gravedad el pasado 30 de mayo en la capital y al regresar a su puesto de trabajo, fue cesado luego de varios meses de incapacidad, sin el pago de sus prestaciones sociales.
 
Terminada la incapacidad y tras asistir a rehabilitación Ortega se presentó a sus labores el 05 de septiembre, pero fue recibido con una orden verbal, para que fuera a buscar una constancia al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) donde se estableciera que estaba apto para regresar al trabajo. 
 
“Tras terminar la incapacidad me presente a la empresa y me mandaron al seguro a buscar una nota diciendo que ya estaba apto para trabajar que dijera que todo estaba bien, y pasando los días pasando los días la nota nunca me la dieron y ellos me despidieron”, se quejó el afectado.
 
Ortega cumplió con el pedido de la empresa y el día 06 de septiembre se presentó a solicitar el dictamen médico -cuyo resultado todavía espera-, pero el 26 de septiembre la empresa lo llamó para una supuesta audiencia de descargo por no haberse presentado a trabajar el 30 y 31 de agosto y los días 01, 02, 04 y 05 de septiembre.
 
Cuando Ortega se presentó al Comité por la Libre Expresión a poner en conocimiento su situación previa a recibir carta de audiencia de descargo, se le consultó si la empresa le estaba pagando su salario y ortega respondió que sí. Televicentro continúo pagando el salario del camarógrafo durante el mes de septiembre y hasta le autorizó para que solicitara un préstamo a una institución bancaria.
 
Sin embargo, el día 29 de septiembre Ortega fue notificado que la “Compañía Telesistema Hondureño S.A, ha decidido terminar la relación laboral sin responsabilidad de la empresa” a partir de la fecha, mediante una carta firmada por la Gerente de Desarrollo Organizacional Ingrid Villela Erazo.
 
El 30 de mayo pasado, Ortega recibió varios impactos de bala que lo mantuvieron 15 días hospitalizado y 90 días con incapacidad laboral. 
 
Conforme a las normas del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, “los estados tienen una obligación de proteger a quienes están expuestos a un riesgo especial respecto de sus derechos fundamentales”. 
 
En el Informe Especial sobre Libertad de Expresión en México 2010, La Relatoría Especial instó a los propietarios de medios de comunicación a “proveer apoyo apropiado a las y los periodistas, incluyendo protocolos de seguridad y capacitación adecuada, para aminorar los riesgos” para su seguridad.
 
Parte de la prevención de la violencia contra los trabajadores de la prensa y contra la población en general es contar con condiciones mínimas de estabilidad laboral y emocional.
 
La Declaración de Principios de Libertad de Expresión en su artículo número nueve, establece que “el asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada”.
 
Comité por la Libre Expresión.