Alerta 023-2018

Comité por la Libre Expresión C-Libre.- El Congreso Nacional aprobó en su primer debate la denominada  “Ley Nacional de Ciberseguridad y Medidas de Protección ante los Actos de Odio y Discriminación en Internet

y Redes Sociales”.

La iniciativa fue aprobada a pesar de la oposición de diferentes sectores de la sociedad hondureña, como el Partido Libertad y Refundación, organizaciones del movimiento social, grupos de empresarios como Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep), el Colegio de Periodistas de Honduras (CPH), el Comité por la Libre Expresión (C-Libre), periodistas independientes, entre otros.

Aunque la iniciativa aprobada no es la que originalmente presentó el diputado Marcos Bertilio Paz, la iniciativa que se aprobó en el primer debate, no cambia la esencia de del proyecto presentado por el Partido Nacional.

Entre los diferentes sectores que han mostrado su rechazo a la nueva normativa está el Relator de Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (RELE-CIDH), Edison Lanza, quien mostró su preocupación y advirtió que las personas afectadas podrían acudir a la Corte Interamericana.

Según el diputado Paz, “hechos o actos criminales que se presentan en las plataformas de las redes sociales constituyen una amenaza para la convivencia pacífica de los ciudadanos que pueden ser víctimas de actos de discriminación o delitos de odio inclusive injuria o difamación u otros delitos contrala seguridad pública”.

La normativa violenta claramente lo establecido en el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos en el numeral tres, que dice de forma clara que “no se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones”.

El numeral uno de la misma Convención de forma expresa, manifiesta que “toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión.  Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.

Comité por la Libre Expresión