Alerta No. 087-2020
Comité por la Libre Expresión (C-Libre).- La Corte Suprema de Justicia (CSJ), por medio de la Sala Penal, ratificó este martes 21 de julio la condena contra la Comisionada de Policía y actual diputada al Congreso Nacional, María Luisa Borjas, luego de ser declarada culpable por los delitos de calumnia constitutivos de difamación.
Mediante notificación dirigida al equipo legal de la Comisionada en condición de retiro, la sala falló declarar “No ha lugar” el recurso de casación por las razones de Infracción de quebrantamiento constitucional, quebrantamiento de Forma e Infracción de Ley o Doctrina Legal.
Además de la comunicación enviada al equipo legal, el Poder Judicial en sus redes sociales, informó sobre la resolución contra Borjas. La acción penal contra la congresista, fue iniciada por el empresario, Camilo Átala.
María Luisa Borjas, es reconocida por brindar información de interés público, especialmente en lo que refiere a la estructura de la Policía Nacional. Además de Comisionada en condición de retiro, actualmente es diputada por el departamento de Francisco Morazán, por el Partido de oposición Libertad y Refundación (LIBRE).
La Sala Penal declaró “firme y ejecutable” la sentencia de fecha 18 de febrero de 2019, “dictada por el Tribunal de Sentencia Designado, de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central”.
Dicha condena, establece también las penas de inhabilitación especial e interdicción civil “durante el tiempo de duración de la condena principal”.
Lo anterior, se enmarca en la sentencia dictada por el juez natural y presidente del Poder Judicial, Rolando Argueta Pérez, luego de ser declarada culpable, el 29 de enero de 2019, en juicio oral y público tras un proceso penal iniciado luego que denunciara temas de interés nacional.
El origen del proceso penal iniciado en contra de Borjas, ocurrió en noviembre de 2018, en las afueras de la sede del estatal Comisionado Nacional de los derechos Humanos (CONADEH), cuando denunció ante medios de comunicación, leyó fragmentos de tres informes que obtuvo de una fuente policial, en la que revela la falta de actuación del Ministerio Público (MP) para presentar requerimiento fiscal a los responsable de crímenes contra el Fiscal Orlan Arturo Chávez (asesinado en 2003), el experto en temas de narcotráfico Alfredo Landaverde (asesinado en 2012) y la lideresa indígena-lenca, Berta Cáceres (asesinada en 2016).
A través de un comunicado, la Red Nacional de Defensoras de Derechos Humanos en Honduras y C-Libre, denunciaron la imposición del silencio “mediante violencia o criminalización, para sí mismas o para quienes se atreven a levantar junto a ellas las voces de denuncia”.
En su último informe, la Relatoría Especial sobre Libertad de Expresión, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (RELE-CIDH), resaltó el proceso penal contra la parlamentaria y Comisionada policial, como un mecanismo donde se recurre a la instancia penal para sancionar expresiones o informaciones difundidas por periodistas, comunicadores o personas del ámbito político.
Es decir, el uso de mecanismos penales para castigar el discurso en asuntos de interés público, y en especial relacionado con funcionarios públicos o políticos, no responde a una necesidad social apremiante que lo justifique, es innecesario y desproporcionado y puede ser un medio de censura indirecta dado su efecto desalentador sobre el debate relativo a asuntos de interés público
Dicho informe establece que: “reiteradamente la CIDH la aplicación del derecho penal para sancionar expresiones referidas a funcionarios públicos es desproporcionada cuando se trata de un discurso protegido, como la información o expresión sobre asuntos de interés público, y viola el derecho a la libertad de expresión”.