El 10 de abril la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió la resolución 1-2020 para los Estados de las Américas sobre el manejo de la pandemia. En su parte resolutiva dispuso a los Estados, adoptar de forma inmediata, urgente y con la debida diligencia,  todas las medidas que sean adecuadas para proteger los derechos a la vida, salud e integridad personal de las personas que se encuentren en sus jurisdicciones frente al riesgo que representa la presente pandemia.

Las medidas que los Estados adopten, en particular aquéllas que resulten en restricciones de derechos o garantías,  deben  ajustarse a los principios  «pro persona», de proporcionalidad,  temporalidad,  y deben tener como finalidad legítima el estricto cumplimiento de objetivos de salud pública y protección integral, como el debido y oportuno cuidado a la población, por sobre cualquier otra consideración o interés de naturaleza pública o privada. Instrumentar espacios oportunos de participación social, y con expertos de diferentes sectores,  para la evaluación  de  los  impactos  y resultados  de  las medidas  adoptadas,  que permitan gestionar los ajustes necesarios desde un enfoque de derechos humanos.

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