ALERTA 55-2026
Tegucigalpa, Honduras (C-Libre).- La Ley para el Fortalecimiento y Protección del Sector Agroindustrial de Honduras, crea un marco jurídico que podría facilitar la represión de la protesta social, acelerar desalojos y abrir la puerta a la criminalización de quienes ejercen el derecho a la manifestación. Además este escenario representa, un riesgo directo para periodistas, comunicadores sociales y medios de comunicación que documentan y difunden información sobre conflictos agrarios, desalojos, movilizaciones sociales y actuaciones de las fuerzas de seguridad.
La experiencia documentada por C-Libre demuestra que los contextos de conflictividad social suelen estar acompañados de agresiones contra la prensa, incluyendo intimidaciones, restricciones al acceso a la información, amenazas, decomiso de equipos, uso desproporcionado de la fuerza y procesos de criminalización contra periodistas que cubren acontecimientos de alto interés público. Por ello, cualquier reforma legal que amplíe las facultades estatales para intervenir de forma inmediata en escenarios de protesta debe analizarse también desde su impacto sobre la libertad de expresión y el derecho de la sociedad a recibir información.
Por otra parte, el análisis realizado por organizaciones de derechos humanos advierte que la normativa aprobada por el Congreso Nacional establece un régimen extraordinario de protección para la agroindustria, sus inversiones, infraestructura, transporte y cadenas logísticas, otorgando prioridad a determinados sectores económicos frente a otros intereses públicos, sociales, ambientales y territoriales. Si bien durante el debate legislativo se incorporó una supuesta excepción relativa a territorios indígenas y tribales, condicionada al derecho a la consulta previa, libre e informada, esta modificación no elimina las preocupaciones sobre los efectos estructurales de la ley en contextos de conflictividad territorial.
Por otra parte, el entre las disposiciones que generan mayor preocupación se encuentra la declaratoria de la actividad agroindustrial como asunto de interés, prioridad y protección nacional; la extensión de este régimen preferencial a otros sectores económicos; la declaración de «inafectabilidad» de tierras destinadas a la producción agroindustrial; y la limitación de mecanismos institucionales para resolver conflictos agrarios. En conjunto, estas medidas podrían privilegiar la protección de inversiones por encima de los derechos de comunidades campesinas, pueblos indígenas y organizaciones sociales que reclaman derechos sobre la tierra y el territorio.
La preocupación se profundiza porque la ley incorpora disposiciones que consideran como una amenaza al interés económico general determinadas acciones de protesta que afecten actividades agroindustriales o el transporte de productos. Bajo esta lógica, manifestaciones, bloqueos, ocupaciones y otras formas de movilización social podrían dejar de ser abordadas como ejercicios legítimos de derechos fundamentales para ser tratadas prioritariamente como problemas de orden público, incrementando el riesgo de respuestas estatales de carácter represivo.
Asimismo, la normativa ordena la intervención inmediata del Ministerio Público, la Policía Nacional y otras autoridades frente a ocupaciones o bloqueos, habilitando la ejecución de desalojos en determinadas circunstancias y estableciendo responsabilidades para funcionarios que retrasen estas actuaciones. A ello se suma la incorporación del principio de «ejecución inmediata e irreversible» de las medidas previstas por la ley, así como el contexto generado por las reformas contenidas en el Decreto 84-2026, que, según organizaciones de sociedad civil, podría favorecer el uso expansivo del derecho penal contra personas que participan en protestas o reivindicaciones territoriales.
Para C-Libre, estas disposiciones ameritan un seguimiento permanente, debido a que la criminalización de la protesta social suele traducirse en mayores riesgos para periodistas y comunicadores que documentan operativos policiales, desalojos y conflictos territoriales. El Estado hondureño tiene la obligación de garantizar que quienes ejercen el periodismo puedan informar sobre estos acontecimientos sin ser objeto de amenazas, agresiones, restricciones arbitrarias o cualquier otra forma de represalia por el ejercicio de su labor.




