ALERTA 67-2026
Atlántida, Honduras (C-Libre).- La Organización Fraternal Negra Hondureña (OFRANEH) denuncia un patrón de acciones que incluyen operativos de seguridad, detenciones de líderes comunitarios, presencia de civiles fuertemente armados y actos de intimidación contra la población que mantiene una defensa pública de su territorio ancestral. Para OFRANEH, estas acciones trascienden el conflicto territorial y pasan a representar un escenario que compromete el ejercicio de la libertad de expresión, la protesta pacífica, la participación comunitaria y la defensa de los derechos humanos de la población garífuna.
Los hechos ocurren en un contexto de creciente conflictividad en las comunidades garífunas del litoral atlántico hondureño, luego de diversos operativos de desalojo ejecutados en territorios reclamados como ancestrales y de la entrada en vigor de la Ley para el Fortalecimiento y Protección del Sector Agroindustrial de Honduras, normativa que ha generado preocupación entre organizaciones nacionales e internacionales por su posible impacto sobre las comunidades que mantienen procesos de recuperación territorial.
En Tornabé, integrantes de la comunidad han denunciado la permanencia de un ambiente de tensión derivado de la presencia de efectivos policiales y militares, así como de personas civiles fuertemente armadas que, según testimonios difundidos públicamente, habrían realizado acciones intimidatorias contra habitantes que permanecen en resistencia.
De acuerdo con información preliminar, entre las personas observadas se encontrarían individuos de nacionalidad extranjera con apariencia militar. Hasta la fecha de esta alerta no existe información oficial que esclarezca plenamente su identidad, condición jurídica o el motivo de su presencia en la zona. No obstante, la comunidad sostiene que su presencia ha incrementado el temor y la percepción de inseguridad entre la población.
Ver sobre asunto de posible vinculación militar extranjera: https://www.instagram.com/reel/DawJmW7NkjO/?igsh=MTVkbXNhZW9pcHNnbQ==
Criminalización de líderes comunitarios
Las organizaciones defensoras de derechos humanos de carácter nacional e internacional expresan su preocupación de que al menos cinco líderes comunitarios (1- DEINOR OSMANY MEJIA ARZU. 2- IRBIN RENE LOPEZ CORTES. 3- CARLOS ENRIQUE FERNÁNDEZ GUZMAN. 4- ONIL RIBOBERTO HERNANDEZ ZELAYA y 5- SARA ABIGAIL ACOSTA ACOSTA); les tengan criminalizados (se defienden en libertad) y pretendan acusarles de usurpación tras los operativos desarrollados en el marco del conflicto territorial en la zona.
Diversas organizaciones sociales consideran que estas detenciones podrían constituir un proceso de criminalización de personas que ejercen liderazgo comunitario y participan en acciones de defensa del territorio ancestral.
La privación de libertad de liderazgos comunitarios, particularmente en escenarios de protesta y reivindicación de derechos colectivos, puede producir un efecto inhibidor sobre el ejercicio de la libertad de expresión, la organización comunitaria y la participación ciudadana, al desalentar que otras personas denuncien posibles violaciones de derechos humanos o continúen ejerciendo actividades de defensa territorial.
Para el Comité por la Libre Expresión, esta situación que experimenta la población garífuna de Tornabé debe analizarse desde una perspectiva integral de derechos humanos, Libertad de expresión y espacio cívico.
La combinación de operativos de seguridad, judicialización de liderazgos, denuncias de intimidación mediante la presencia de civiles armados y el contexto de conflicto territorial puede restringir el espacio cívico y limitar el ejercicio de derechos fundamentales reconocidos tanto por la Constitución de la República como por instrumentos internacionales ratificados por Honduras.
C-Libre, reitera que la libertad de expresión no se limita al ejercicio periodístico, sino también comprende el derecho de las comunidades a denunciar públicamente situaciones que afectan sus derechos, organizarse pacíficamente, documentar posibles abusos y participar en debates de interés público sin temor a represalias o intimidaciones.
En el caso de los pueblos indígenas y afrodescendientes, estos derechos adquieren una dimensión colectiva estrechamente vinculada con la protección de su identidad cultural, sus territorios ancestrales y sus formas tradicionales de organización, de ahí que el Estado hondureño tiene la obligación de garantizar que toda actuación de las fuerzas de seguridad se desarrolle bajo los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y rendición de cuentas.
Asimismo, corresponde a las autoridades investigar de manera pronta, independiente e imparcial las denuncias relacionadas con la presencia de civiles armados en la zona, esclarecer cualquier posible acto de intimidación contra la población y garantizar la integridad física de quienes ejercen labores de liderazgo comunitario, defensa de derechos humanos y documentación de los hechos.
C-Libre recomienda
- Al Ministerio Público, investigar de forma inmediata e independiente las denuncias sobre actos de intimidación, incluyendo la presencia de civiles armados en la comunidad de Tornabé, y determinar las responsabilidades que correspondan.
- A la Policía Nacional, informar públicamente sobre los operativos ejecutados en la zona, las actuaciones realizadas frente a las denuncias de personas armadas y las medidas adoptadas para proteger a la población.
- Al Poder Judicial, garantizar que las personas detenidas cuenten con todas las garantías del debido proceso, evitando que el derecho penal sea utilizado para restringir el ejercicio legítimo de derechos fundamentales.
- A la Secretaría de Derechos Humanos y al Mecanismo Nacional de Protección, adoptar medidas preventivas que reduzcan los riesgos para líderes comunitarios, personas defensoras de derechos humanos y quienes documentan o denuncian públicamente estos hechos.
- Al Estado de Honduras, garantizar el pleno respeto de los derechos territoriales del pueblo garífuna conforme a la Constitución, al Convenio 169 de la OIT, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.


